LUGO NICOLAS MATIAS C/ IMBRENDA ERNESTO DAVID S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
El tribunal rechazó la demanda por daños y perjuicios por accidente de tránsito, sosteniendo que la responsabilidad del actor quedó eximida por la culpa exclusiva de la víctima, quien circulaba sin la debida prudencia en un escenario donde la conducta del demandado fue eximiente de responsabilidad por la causa ajena.
El actor, Nicolás Matías Lugo, demandó a Ernesto David Imbrenda por daños y perjuicios derivados de un accidente ocurrido el 9 de enero de 2018 en la Autopista Panamericana, en el que afirma que la maniobra intempestiva e imprevista del demandado, invadiendo su carril sin uso de señalización, provocó que su motocicleta impactara contra la camioneta del demandado, ocasionándole lesiones graves y daños materiales. La demandada, por su parte, negó los hechos y alegó que circulaba a velocidad reglamentaria y que fue embestido por la motocicleta del actor, que circulaba a exceso de velocidad y sin las medidas de seguridad correspondientes, como el uso del casco. La aseguradora del demandado también se presentó en garantía y argumentó que la responsabilidad del siniestro era del actor, por violar normas de tránsito. La prueba pericial confirmó que el impacto fue frontal y que la responsabilidad por el embiste radicaba en el conductor de la motocicleta, de acuerdo a la presunción hominis. El tribunal aplicó la teoría del riesgo y la responsabilidad objetiva en accidentes de tránsito, concluyendo que la culpa exclusiva de la víctima eximía de responsabilidad al demandado, por lo que rechazó la demanda. Las costas fueron soportadas por el actor.
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