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TAMBURI NICOLAS EDUARDO C/ CERQUETELLA MARIA DEL CARMEN Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ. AUTOM. S/LESIONES (EXC. ESTADO)

La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial confirmó la sentencia que condenó a María del Carmen Cerquetella a pagar $2.300.000 por daños y perjuicios en un accidente de tránsito. La sentencia fue ajustada a derecho y el recurso de la demandada fue declarado desierto por no haber expresado agravios en tiempo y forma.

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El actor Nicolás Eduardo Tamburi demanda a María del Carmen Cerquetella por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito ocurrido el 19 de mayo de 2022 en Bahía Blanca. La sentencia de primera instancia acogió parcialmente la demanda, condenando a la demandada a abonar la suma de $2.300.000 con intereses y extendiendo la condena a la aseguradora Orbis Compañía Argentina de Seguros S.A. La Cámara confirmó la resolución, considerando que la demandada no expresó agravios en tiempo y que la valoración de las pruebas, incluido el informe pericial, fue adecuada. La parte recurrente alegó contradicciones en la valoración del hecho y cuestionó el monto de la indemnización, pero sus agravios fueron rechazados. La sentencia también confirmó que corresponden las costas a la parte vencida, en este caso, la demandada, y que la alegación de inconstitucionalidad y actualización del monto del crédito debe diferirse para la etapa de ejecución. Fundamentos principales: "Que, de acuerdo a lo que resulta del informe elaborado por el Auxiliar Letrado de este Tribunal, la recurrente María del Carmen Cerquetella no ha expresado agravios en el plazo concedido a tal fin, el que se encuentra vencido (art. 254 párr. 2do. CPCC)." "Respecto a la valoración de la prueba pericial, el tribunal consideró que el informe del perito mecánico Gustavo A. Berna Etcheber, que calculó el costo de reparación tomando en consideración presupuestos aportados por el actor, tiene apropiado basamento en los elementos obrantes en el expediente." "En cuanto a la desvalorización del vehículo, la prueba pericial mecánica no acredita el daño que se reclama, por lo que se confirma el rechazo a la indemnización solicitada en ese rubro." "Sobre la indexación, el tribunal considera que la cuestión debe ser diferida para la etapa de ejecución de sentencia, dado que el planteo fue presentado fuera de tiempo y requiere análisis constitucional." "Finalmente, se confirma la imposición de costas a la parte vencida y se declara desierto el recurso de la demandada por no haber expresado agravios."

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