SAGREDO, PATRICIO RENE Y OTRO C/ CALDUBEHERE, JUAN S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA LARGA
La Cámara confirmó la sentencia que rechazó las excepciones de litispendencia e improponibilidad en un proceso de usucapión. La decisión se fundamentó en que no existía identidad de objeto, sujeto ni causa con otros procesos y que la demanda era admisible, descartando irregularidades formales y de identificación del inmueble.
La demanda de Patricio René Sagredo y otros contra Juan Caldubehere busca la adquisición por usucapión del inmueble catastralmente identificado en Tornquist. La sentencia de primera instancia rechazó las excepciones de litispendencia e improponibilidad, considerando que la división en distintos procesos de las pretensiones respecto a diferentes bienes habida cuenta de la división de la acción original, impide la existencia de litispendencia. También evaluó que la demanda cumplía los requisitos legales y que la posible irregularidad en la documentación no impedía su admisibilidad. La Cámara de Apelaciones confirmó esta decisión, señalando que no se configura litispendencia puesto que los bienes y partes son distintos, y que la demanda, en su estado actual, es admisible y no presenta un defecto formal que impida su sustento. Además, se rechazaron los planteos de improponibilidad por entender que la misma no resulta manifiestamente improcedente ni absurda, y que las irregularidades señaladas no afectan la validez del proceso. Los apelantes pretendían que la cuestión se resolviera en la etapa de sentencia definitiva y que el análisis de ciertos requisitos documentales fuera exhaustivo en esta instancia, pero la Cámara interpretó que los cuestionamientos eran improcedentes en esta fase, y que la controversia sobre la documentación podía ser resuelta en la etapa de mérito. La sentencia fue confirmada, con expresa mención a la correcta interpretación de los requisitos formales y sustanciales del proceso y la inexistencia de litispendencia.
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