MAZZELLA MATIAS DARIO Y OTRO/A C/ MOLINA ROSA GRISELDA Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
La sentencia de primera instancia condenó a los demandados a abonar indemnizaciones por daños materiales, lesiones, daño moral y otros rubros derivados de un accidente de tránsito ocurrido el 20/10/2018 en Mar del Plata, fundamentando la responsabilidad en maniobra prohibida y responsabilidad objetiva en accidentes viales.
El actor Matías Darío Mazzella y el Sr. Marcos demandaron por daños y perjuicios tras un accidente ocurrido cuando el Sr. Marcos circulaba en motocicleta y fue impactado por un vehículo Fiat Siena que realizó una maniobra de giro prohibido sin señalización previa. La demanda alegó responsabilidad del conductor del Siena y de su titular, Rosa Molina, en virtud de la responsabilidad objetiva por el riesgo de la cosa y de la responsabilidad del conductor por incumplimiento del deber de cuidado, conforme a la normativa de tránsito vigente y ordenanzas municipales. La parte demandada negó los hechos y alegó desconocimiento, además impugnó los montos reclamados. La aseguradora, La Nueva Cooperativa de Seguros, reconoció la cobertura y se adhirió a la defensa. El tribunal valoró la prueba y concluyó que la mecánica del hecho fue como la describieron los actores y que la maniobra de giro prohibido fue la causa eficiente del siniestro. Se consideró que no se acreditó eximente de responsabilidad ni la concurrencia de hechos de terceros o caso fortuito que exoneren a los demandados. La responsabilidad fue atribuida en forma concurrente a los conductores y titulares del vehículo, en base a la responsabilidad objetiva por el riesgo. En cuanto a la cuantificación de daños, el tribunal estableció un monto por daños emergentes (reparación del vehículo) a valor actualizado, una indemnización por privación de uso equivalente a 219,62 litros de nafta súper, una suma por gastos terapéuticos, daño moral en dólares, y otros rubros, todos ajustados a parámetros y tasas de interés conforme a normativa y jurisprudencia de la SCBA. La sentencia también declaró la constitucionalidad del art. 7 de la ley 23.928 y rechazó el planteo de inconstitucionalidad del mismo. El fallo dispuso que los demandados y la aseguradora abonen en conjunto las sumas indemnizatorias, con costas a su cargo, y que la cuantificación final sea diferida a la etapa de ejecución de sentencia. FUNDAMENTOS PRINCIPALES: "Los arts. 1757 y 1758, CCyC, responsabilizan a los dueños y guardianes, de forma concurrente, por los daños causados por el riesgo o vicio de las cosas o de las actividades que sean riesgosas o peligrosas por su naturaleza, por los medios empleados o por las circunstancias de su realización. Dicha responsabilidad
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