JENSEN MARTIN ALAN C/ BECE ADRIANA AURORA S/ LIQUIDACION DE LA COMUNIDAD
La Cámara de Apelaciones revoca parcialmente la sentencia de primera instancia, rechazando la pretensión de establecer una renta compensatoria por uso del inmueble y modificando la duración del derecho de uso del hogar conyugal, que ahora cesará al cumplir A. los 21 años, en lugar de los 25 años o finalización de estudios universitarios. La decisión se basa en que el uso del inmueble fue considerado parte de la prestación alimentaria y que su duración no debe extenderse más allá del interés del menor.
La causa se inició para la liquidación y partición de los bienes de una comunidad disuelta, con una sentencia que atribuyó el uso del hogar conyugal a la demandada, estableciendo una renta compensatoria y un plazo para la atribución. La parte actora cuestionó la duración y el monto de la renta, argumentando que el canon fijado no cubría las necesidades del menor y que la atribución del uso del inmueble era excesiva. La Cámara analizó el convenio regulador y la naturaleza del uso del inmueble, concluyendo que dicho uso fue considerado como parte de la prestación alimentaria y que su duración debe limitarse al cumplimiento de los 21 años del menor, en línea con el carácter alimentario del derecho. Además, se interpretó que el canon no debía incrementarse y que la atribución del inmueble debía cesar al cumplir el menor esa edad, en lugar de prolongarse hasta los 25 años o la finalización de estudios universitarios. La Cámara revoca la atribución del derecho de uso del inmueble y desestima la renta compensatoria, imponiendo las costas al actor. La decisión se fundamenta en que el uso del inmueble fue asumido como parte de la obligación alimentaria, y que su extensión más allá de los 21 años carece de justificación en las circunstancias del caso, adaptándose a la naturaleza y finalidad del instituto.
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