CREDIL S.R.L. C/ CAMPOS GABRIELA S/ COBRO EJECUTIVO
La Cámara de La Plata revoca parcialmente la sentencia de primera instancia y admite los intereses compensatorios pactados, modificando el cálculo y confirmando en todo lo demás. La decisión se basa en la posible omisión en el reconocimiento de intereses y en la facultad judicial de reducir tasas excesivas.
La parte actora, CREDIL S.R.L., demanda a Gabriela Campos en un proceso de ejecución por un préstamo de $20.000. La sentencia de primera instancia ordenó la ejecución por el monto efectivamente prestado, rechazando solicitudes adicionales de intereses. La Cámara revisa la sentencia y considera que debe admitirse el pago de intereses compensatorios pactados, devengados desde la creación del pagaré hasta la mora, siempre que no superen una tasa activa del Banco de la Provincia de Buenos Aires. La decisión se fundamenta en que la sentencia de primera instancia omitió reconocer esos intereses y en que los jueces tienen facultad de reducir tasas excesivas para proteger el orden público y la buena fe. También se analiza la ausencia de pacto expreso para la capitalización de intereses, desestimando esa pretensión. La Cámara revoca parcialmente la sentencia y admite los intereses compensatorios, dejando constancia de que podrán ser revisados en la liquidación definitiva.
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