GARCIA BOYE CHRISTIAN ADOLFO C/ AYALA BALTAZAR y otro/a S/DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
La Cámara Segunda de Apelación confirmó la sentencia de primera instancia que rechazó la demanda por daños y perjuicios en un accidente de tránsito, afirmando que la prioridad de paso del demandado, accediendo desde la derecha, no fue contraria a la normativa, por lo que la responsabilidad civil del actor no fue acreditada.
El actor, Christian Adolfo García Boye, demandó a Baltazar Ayala y otro por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. La sentencia de primera instancia rechazó la demanda, considerando que el demandado tenía prioridad de paso al acceder desde la derecha, en aplicación del artículo 41 de la Ley Nacional de Tránsito 24.449, normativa que fue interpretada en línea con la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, que sostiene que esa prioridad subsiste incluso en intersecciones con avenidas. La Sala analizó las pruebas y concluyó que el ingreso del demandado en la intersección desde la derecha determina que el actor debía cederle el paso, y que la infracción a la norma de circulación no puede atribuirse al demandante. Por ello, propuso confirmar la sentencia apelada, con costas de alzada a la parte actora. Los jueces López Muro y Sosa Aubone adhirieron a este criterio.
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