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BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ VALLEJOS GIULIANA MALEN S/ COBRO SUMARIO SUMAS DINERO (EXC.ALQUILERES, ETC.)

La Cámara de Apelaciones modifica la sentencia en relación con la imposición de intereses en la condena, ajustándolos a límites legales y ordenando su capitalización semestral.

Recurso de apelacion Revision judicial Intereses moratorios y punitorios Contrato de prestamo Capitalizacion semestral Ley 25.065 Intereses en contratos bancarios Tasas maximas Limites legales interes Sentencia modificada.

Quién demanda: Banco de la Provincia de Buenos Aires A quién se demanda: Giulliana Malen Vallejos Qué se reclama: Pago de sumas por deudas derivadas de varios contratos de préstamos y tarjeta de crédito, incluyendo intereses compensatorios, moratorios y punitorios. Qué se resolvió: La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y estableció que los intereses pactados serán capitalizados semestralmente desde la mora y que no excederán en conjunto la tasa activa del Banco de la Provincia de Buenos Aires para restantes operaciones en pesos, incrementada en un 50%, salvo para la deuda de tarjeta de crédito que se ajustará a los límites legales. Además, las costas de segunda instancia se imponen por su orden. Fundamentos principales:
- La sentencia original limitaba los intereses moratorios y punitorios a tasas inferiores a las pactadas, basándose en una interpretación incorrecta de la ley 25.065 y de las facultades del juez para morigerar intereses abusivos o usurarios.
- La Cámara sostuvo que la ley 25.065 establece límites claros para los intereses moratorios y punitorios (25% y 50% respectivamente de la tasa activa), que no pueden ser modificados sin fundamentación suficiente, y que la aplicación mecánica de límites sin análisis del caso concreto es incorrecta.
- Se resaltó que la facultad de reducir intereses no implica que puedan establecerse tasas sin fundamento, y que la capitalización de intereses debe hacerse de acuerdo con las condiciones legales y las circunstancias del caso, sin exceder los límites legales.
- La modificación busca ajustar los intereses a los límites legales aplicables, permitiendo la capitalización semestral y estableciendo que la tasa total no debe superar los límites legales del 25% para intereses moratorios y del 50% para punitorios, respecto de la tasa activa del banco.
- La sentencia reconoce que la capitalización puede ser autorizada por el juez si no produce desproporción, pero en este caso se ordena su aplicación en los términos establecidos por la legislación.

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