B.C.R. D. C/ S. L. L. S/ MATERIA A CATEGORIZAR
La Cámara Segunda de Apelación confirmó la sentencia de primera instancia que rechazó la demanda de compensación por unión convivencial. La decisión se fundamentó en que la acción fue encuadrada en las normas de la convivencia y que las alegaciones de arbitrariedad y violación de derechos no fueron suficientes para revertir el fallo.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora, B. C., promovió demanda para obtener una compensación económica por la ruptura de la unión convivencial con L. L. S. y por la adquisición de bienes muebles y un automóvil con fondos propios, reclamando reparación patrimonial y resarcimiento. La sentencia de primera instancia, dictada por la Jueza de Familia N°6, hizo lugar a la excepción de falta de legitimación activa y desestimó la acción, argumentando que la pretensión no se ajustaba a la normativa de las uniones convivenciales y que la jurisprudencia y doctrina citadas por la parte actora no eran aplicables al caso, dado que la acción fue encuadrada en las normas de la convivencia. La actora interpuso recurso de apelación, alegando arbitrariedad, incoherencia argumentativa, falta de motivación legal y vulneración de derechos, sustentando que la decisión judicial fue contraria a los principios de justicia y derechos patrimoniales. La Cámara, tras analizar los argumentos, concluyó que la parte apelante no logró demostrar que la sentencia fuera arbitraria o ilegal, y que la conducta procesal de la actora reafirmaba su aceptación de los términos del proceso, por lo que se confirmó la decisión de primera instancia y las costas de alzada fueron impuestas a la recurrente. La sentencia estableció que la pretensión de la actora debía ser juzgada según el objeto inicial y la normativa aplicable, sin que la divergencia doctrinaria o de opiniones judiciales anteriores alterara el fallo.
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