TORRES CARLOS RAUL C/ RIZZO CLAUDIO ANTONIO Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO) -DIGITAL-
La Cámara de Apelaciones modificó la sentencia que condenó por daños y perjuicios en un accidente vial. Reajustó los montos indemnizatorios y rechazó la actualización automática, justificando que la normativa de indexación resulta inconstitucional y que la valoración debe hacerse con parámetros económicos actuales.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Carlos Raúl Torres, demanda por daños derivados de un accidente de tránsito ocurrido el 16/10/2019, en el que resultó con secuelas físicas, estéticas, y sobre su capacidad laboral, reclamando indemnización por incapacidad, daño moral, lucro cesante y privación de uso del vehículo. La sentencia de primera instancia condenó a Rizzo y la aseguradora a pagar $26.336.150, incluyendo daños por incapacidad física (16 millones), daño moral (10 millones), gastos médicos y daños a la motocicleta. La resolución fue apelada por ambas partes. La Cámara, tras analizar las agravios, decidió reducir los montos de la incapacidad física a $6.105.000 y daño moral a $8.000.000, además de reconocer y cuantificar lucro cesante en $1.541.000 y privación de uso en $25.000, dejando sin efecto las actualizaciones monetarias automáticas ordenadas en primera instancia y ordenando el pago de intereses del 6% desde el hecho y tasas del Banco de la Provincia de Buenos Aires desde la sentencia. La modificación se fundamenta en la inconstitucionalidad de la indexación automática y en la aplicación de la fórmula matemática prevista en el art.1746 del CCyC para la incapacidad sobreviniente, garantizando una valoración económica más precisa y actualizada.
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