REBAZA AGUSTIN ELIZABETH SANTOS C/ ATM COMPAÑIA DE SEGUROS S.A. Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
La Cámara de Apelaciones revisó las indemnizaciones por daños y perjuicios en accidentes de tránsito. La sentencia fue modificada en la cuantificación de incapacidad psico-física, daño moral, gastos médicos y daños materiales, elevando los montos en función de la actualización monetaria y la valoración de las secuelas.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La sentencia de primera instancia reconoció y fijó indemnizaciones por daños y perjuicios derivados de accidentes de tránsito ocurridos en julio de 2020, condenando a los demandados, Martín García y la aseguradora Orbis, a pagar diversas partidas. La Cámara revisó los montos reconocidos en conceptos de incapacidad psico-física, daño moral, gastos médicos y daños materiales, proponiendo una elevación significativa en todos los rubros. La fundamentación principal consideró que las sumas reconocidas en primera instancia estaban subestimadas respecto a la realidad del daño, en atención a los dictámenes periciales y a la inflación. Se valoró además la inconstitucionalidad del artículo 7 de la ley 23.928, según ley 25.561, respecto de la actualización monetaria. La decisión se basó en que las partidas deben ajustarse a valores vigentes al momento de la resolución, y que la reparación integral requiere tener en cuenta la inflación y la evolución de los bienes justipreciados. La Corte provincial resaltó que el método del capital humano, previsto en el art. 1746 del CCC, resulta apropiado para calcular las indemnizaciones por incapacidad, considerando variables como edad, expectativa de vida, ingresos y secuelas permanentes. La sentencia modificada ordena a la aseguradora ampliar la cobertura y a los responsables pagar las sumas actualizadas, con costas a cargo del demandado y su aseguradora, y difiere la regulación de honorarios para la etapa de ejecución.
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