MAEBA SRL C/ ILLANES ALEJANDRA BEATRIZ S/ COBRO EJECUTIVO
La Cámara de Apelaciones en lo Civil de La Plata modifica parcialmente la sentencia de primera instancia y ordena la liquidación del capital, intereses y gastos según lo pactado, con capitalización semestral, respetando los pactos contractuales y normativas vigentes.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La sentencia de 18/02/2025 ordenó llevar adelante la ejecución hasta que la demandada, Alejandra Beatriz Illanes, pague el capital de $200.000 más intereses compensatorios, punitorios y moratorios, limitados por la tasa del Banco Nación y sin capitalización de intereses. La recurrente, Maeba SRL, apela por la denegatoria de la capitalización de intereses pactada en el contrato, alegando que la cláusula permite la capitalización semestral. El tribunal sostiene que, conforme al artículo 770 del Código Civil y Comercial, la capitalización semestral pactada debe ser reconocida y efectivizada, ya que la cláusula expresa la autorización y cumple los requisitos legales. La Cámara confirma que la libertad de contratación en intereses es válida, pero el control judicial puede reducir tasas o intereses desproporcionados. Se destaca que la normativa de orden público favorece la capitalización semestral pactada, y que los intereses compensatorios y punitorios deben liquidarse con dicha capitalización, desde la fecha de mora y hasta el pago efectivo, respetando la cláusula contractual y la normativa aplicable. Se deja abierta la facultad del juez de morigerar la liquidación si resulta desproporcionada.
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