.................... S/ LESIONES LEVES AGRAVDAS, DAÑO, P.I.L. AGRAVADA, DESOBEDIENCIAS REITERADAS, TODO EN CONCURSO REAL ENTRE SI
La Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal del Departamento Judicial de Mercedes confirma la condena de Hurtado a 3 años de prisión por delitos de lesiones, privación ilegal de la libertad, daños, desobediencia y tenencia de arma de guerra, rechazando los agravios y argumentando la vulnerabilidad de la víctima.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El imputado Rodolfo Jerónimo Hurtado fue condenado en primera instancia a tres años de prisión por cometer delitos de lesiones leves agravadas por violencia de género, daño simple, privación ilegal de la libertad agravada mediante violencia física, desobediencia reiterada y tenencia de arma de guerra sin autorización. La sentencia fue impugnada por su defensa, centrando los agravios en la tipificación del delito de privación ilegal de la libertad y en la desobediencia, cuestionando la suficiencia de la prueba y la interpretación normativa. La Cámara analizó los agravios, destacando que la vulnerabilidad de la víctima y el contexto de violencia justifican el encuadre legal, rechazando los argumentos de atipicidad y confirmando la sentencia. La Cámara también reguló los honorarios del defensor en 9 JUS más aportes de ley. La decisión se fundamenta en que la conducta del imputado, en el contexto de violencia de género y con la evidencia acreditada, configura los delitos imputados, y que la interpretación de la ley con perspectiva de género es esencial para garantizar la protección de las víctimas.
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