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.................... S/ LESIONES LEVES AGRAVDAS, DAÑO, P.I.L. AGRAVADA, DESOBEDIENCIAS REITERADAS, TODO EN CONCURSO REAL ENTRE SI

La Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal del Departamento Judicial de Mercedes confirma la condena de Hurtado a 3 años de prisión por delitos de lesiones, privación ilegal de la libertad, daños, desobediencia y tenencia de arma de guerra, rechazando los agravios y argumentando la vulnerabilidad de la víctima.

Apelacion Perspectiva de genero Violencia de genero Condena Agravios Orden judicial Desobediencia Privacion ilegal de la libertad Juicio abreviado Ley 14509

¿Qué se resolvió en el fallo?

El imputado Rodolfo Jerónimo Hurtado fue condenado en primera instancia a tres años de prisión por cometer delitos de lesiones leves agravadas por violencia de género, daño simple, privación ilegal de la libertad agravada mediante violencia física, desobediencia reiterada y tenencia de arma de guerra sin autorización. La sentencia fue impugnada por su defensa, centrando los agravios en la tipificación del delito de privación ilegal de la libertad y en la desobediencia, cuestionando la suficiencia de la prueba y la interpretación normativa. La Cámara analizó los agravios, destacando que la vulnerabilidad de la víctima y el contexto de violencia justifican el encuadre legal, rechazando los argumentos de atipicidad y confirmando la sentencia. La Cámara también reguló los honorarios del defensor en 9 JUS más aportes de ley. La decisión se fundamenta en que la conducta del imputado, en el contexto de violencia de género y con la evidencia acreditada, configura los delitos imputados, y que la interpretación de la ley con perspectiva de género es esencial para garantizar la protección de las víctimas.

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