O.S.A S/DENEGATORIA DE LIBERTAD CONDICIONAL
La Cámara de Apelaciones confirma la denegatoria de libertad condicional a S.A.O. debido a reservas en su pronóstico de reinserción social, pese a informes favorables y cumplimiento del requisito temporal. La decisión se fundamenta en la evaluación de riesgos y en la gravedad del delito.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La defensa de S.A.O. interpuso recurso de apelación contra la resolución del Juzgado de Ejecución Penal N° 2 departamental, que negó la libertad condicional. El condenado fue sentenciado a 12 años por abuso sexual agravado, con fecha de cumplimiento prevista para el 12/11/2027. La recurrente argumentó que el informe psicológico favorable y la prisión domiciliaria demostraban su adecuada conducta y posibilidad de reinserción. La Cámara analizó los informes psicológicos: uno de la UP N° 14 de diciembre de 2023, que indicaba dificultades en la reflexión y negación de las acciones imputadas, y otro de la Asesoría Pericial Departamental de octubre de 2024, que señalaba que el penado tenía funcionalidad psíquica normal, apta para la reinserción social. Sin embargo, el tribunal resaltó que ambos informes no profundizaron en la naturaleza del delito ni en la gravedad de las conductas, lo cual es de suma relevancia para evaluar el pronóstico de reinserción. La jurisprudencia citada indica que la evolución de la personalidad y los recursos internos y externos deben prevalecer en la decisión, pero en este caso, la evaluación de los informes no aportó elementos concluyentes. La Cámara concluyó que, en presencia de informes que no superan las reservas jurídicas sobre la gravedad del delito y la falta de internalización del daño por parte del condenado, la decisión de negar la libertad condicional debe mantenerse. Por ello, se confirma la resolución apelada, en tanto ha sido materia de apelación.
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