.................... S/INCIDENTE DE SANCION DISCIPLINARIA
La Cámara de Apelaciones en lo Penal confirma la sanción disciplinaria de ocho días de S.A.C. impuesta a J.A.M. por hallazgo de elementos prohibidos en la celda, reafirmando la valoración de la prueba y la legalidad del fallo de primera instancia.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El interno J.A.M. fue sancionado con 8 días de S.A.C. por incautación de elementos punzo cortantes y sustancias ilícitas en la Unidad Penal n° 15 de Batán el 11/12/2024. La sanción se fundamenta en declaraciones de los agentes, acta de incautación y fotografías, que acreditan la materialidad y autoría en el hallazgo de objetos en un espacio compartido de la celda. La defensa alegó desconocimiento de los objetos, pero el tribunal consideró que las dimensiones y ubicación hacen improbable tal desconocimiento. La Cámara confirmó la legalidad y la valoración de las pruebas, rechazando los agravios y ratificando la sanción disciplinaria. Fundamentos principales: "los elementos aunados al expediente resultan por demás suficientes para acreditar tanto materialidad como autoría responsable del interno en el hecho reprochado." "las reducidas dimensiones del ambiente en cuestión torna improbable que elementos de dicho tamaño pasen inadvertidos para quienes allí conviven." "la sanción administrativa aplicada a M. por infraccionar lo dispuesto en el art. 47 inc. 'c' de la ley 12.256, debe ser confirmada." "el análisis integral y armónico de los elementos de cargo, no advirtiendo vicio descalificante alguno, por lo que encontrándose razonable la subsunción jurídica del suceso, la resolución impugnada debe ser confirmada."
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