.................... S/ESTAFA
La Cámara de Apelaciones confirmó parcialmente la sentencia condenatoria por estafas reiteradas, reduciendo la pena de tres a dos años y seis meses de prisión condicional, en respeto al principio de proporcionalidad y la valoración de las circunstancias del caso.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor (fiscal o parte acusadora) demandó a Esteban, Perico Luis, por la comisión de tres hechos de estafa reiterada, en los cuales fue declarado responsable. La sentencia de primera instancia lo condenó a tres años de prisión condicional, considerando como agravantes la participación en un plan preordenado y la participación de un tercero. La defensa apeló alegando que la valoración de agravantes fue ilegal, ya que dichas circunstancias no fueron alegadas ni discutidas durante el debate, violando el principio acusatorio y el derecho de defensa, y también cuestionó la proporcionalidad de la pena. La Cámara de Apelaciones sostuvo que no fue controvertida la materialidad ni la participación, y que la valoración de las circunstancias agravantes por parte del juez de grado es válida, ya que dichas cuestiones no fueron alegadas en contra ni discutidas en el debate oral, por lo que no procedía su valoración. Respecto a la pena, la Cámara consideró que la individualización fue adecuada y proporcional, ajustándose a los parámetros legales y constitucionales, y que la reducción a dos años y seis meses condicional responde a la gravedad del concurso delictivo y las circunstancias valoradas. Por ello, se confirmó la sentencia en cuanto a la responsabilidad y se modificó la pena impuesta.
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