E. P. L. S/ APELACION CONTRAVENCION DE TRANSITO
La Cámara de Apelaciones confirmó la sentencia que redujo la multa y la inhabilitación por infracción a la ley 24.449 en un control de alcoholemia, tras analizar los agravios y fundamentar la validez del acta y la proporcionalidad de la sanción.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La demandante, E. P. L., apeló la reducción de la multa de $470.000 a $419.000 y la inhabilitación de 18 a 8 meses impuestas por infracción a la ley 24.449 en un control de alcoholemia realizado el 02/03/2025 en Mar del Plata. La recurrente alegó que el acta de constatación era inválida por firma de un solo inspector, que no se encontraba circulando, y que no pudo realizar el test por nervios, además de cuestionar la aplicación de principios constitucionales y la duración de la inhabilitación, proponiendo una reducción al mínimo legal de 3 meses. La Cámara analizó estos agravios y rechazó cada uno, considerando que el acta cumple con los requisitos legales, que la circunstancia de estar detenida no afecta la validez del control, y que la excusa de no realizar el test no fue probada. Asimismo, sostuvo que la pena de inhabilitación de 8 meses es proporcional a la gravedad del hecho, y que no se configuró reincidencia. El tribunal concluyó que no existían motivos para modificar o reducir las sanciones y confirmó la sentencia de primera instancia en toda su extensión.
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