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.................... S/INCIDENTE DE PRISION PREVENTIVA

La Cámara de Junín confirma la prisión preventiva de Alexis Daian Décima en orden a delitos de hurto y robo, rechazando el recurso de la defensa oficial por considerar que existen peligros procesales y antecedentes que justifican la medida cautelar, en línea con la normativa y jurisprudencia aplicable.

Recurso de apelacion Jurisprudencia Garantias constitucionales Prision preventiva Antecedentes penales Peligros procesales Justicia penal. Delitos de hurto y robo Excarcelaciones previas Art. 157 y 171 cpp

¿Qué se resolvió en el fallo?

La defensa oficial de Alexis Daian Décima interpuso recurso de apelación contra la resolución que dictó su prisión preventiva, alegando que no se acreditaron peligros procesales y que los delitos imputados son excarcelables. La Cámara de Junín analizó los fundamentos y antecedentes del imputado, incluyendo múltiples procesos penales, antecedentes de excarcelaciones previas y la gravedad de los hechos. Se destacó que Décima cuenta con varios procesos en trámite, algunos con prisión domiciliaria y otros con beneficios de libertad condicional, pero que la multiplicidad de delitos, su comportamiento y antecedentes justifican la continuidad de la prisión preventiva. La Cámara concluyó que en este contexto la medida cautelar está justificada y que el recurso no amerita su aceptación, confirmando la resolución de primera instancia. Se fundamentó que la existencia de peligros procesales, la multiplicidad de causas y los antecedentes del imputado justifican la medida, en línea con el art. 157 y 171 del CPP, así como con jurisprudencia constitucional y de derechos humanos. La defensa no aportó elementos que modifiquen esa evaluación, por lo cual se rechazó el recurso.

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