.................... S/HOMICIDIO CULPOSO
La Cámara de Junín confirmó la resolución que rechazó la nulidad y la petición de sobreseimiento en causa por homicidio culposo. El tribunal consideró que la irregularidad en la notificación del testimonio no afectó derechos constitucionales ni la validez del acto, y que la evidencia existente no permitía dictar un sobreseimiento con certeza negativa.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La Fiscalía acusa a Facundo Corbacho de haber embestido a una bicicleta con su motocicleta en un accidente ocurrido en el acceso Juan XXIII, donde la víctima resultó fallecida. La jueza de garantías rechazó un planteo de nulidad por la recepción de declaración testimonial sin notificación previa a la defensa, argumentando que la irregularidad no causó perjuicio constitucional ni afectó derechos básicos, dado que el testimonio favorecía la postura del imputado. La defensa alegó que la falta de notificación vulneraba derechos constitucionales y solicitó el sobreseimiento por inexistencia de prueba suficiente para sostener la acusación, basándose en la escasez probatoria y en que la evidencia no alcanzaba para una certeza negativa. La Cámara consideró que la nulidad invocada no afectó los derechos constitucionales del imputado, pues la declaración testimonial fue valorada en el contexto del conjunto probatorio, que no permitía un sobreseimiento con certeza absoluta. Además, se explicó que el estado del proceso y la evidencia existente no permiten dictar sentencia de condena con certeza, pero sí justifican la continuidad del proceso para dilucidar la responsabilidad. La Cámara confirmó la resolución de la jueza de garantías, dejando sin lugar los agravios y costas a la defensa.
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