.................... S/INCIDENTE DE APELACION Y NULIDAD
La Cámara de Junín rechazó el recurso de apelación y confirmó la autorización judicial para la apertura de teléfonos celulares en una investigación por robo calificado. La decisión se fundamentó en la protección constitucional del derecho a la privacidad, ponderando la relevancia probatoria y la circunstancia concreta del caso.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Ministerio Público Fiscal, demanda la autorización para abrir los teléfonos celulares secuestrados en el marco de una causa por robo calificado, en contra de la oposición del defensor del imputado, Tiziano Varela. La resolución apelada autorizó la intervención, y la defensa interpuso recurso de apelación y nulidad, alegando vulneración a garantías constitucionales. La Cámara analizó la constitucionalidad de la medida, destacando que la protección de la privacidad, reconocida en múltiples instrumentos internacionales y constitucionales, no es absoluta y admite restricciones cuando están fundadas en razones de interés público, como una investigación penal. Se resaltó que la evidencia digital, en especial los teléfonos celulares, contienen información que afecta significativamente el derecho a la intimidad, pero que la intervención judicial en este caso fue adecuada y proporcional. La investigación apunta a la participación en un delito grave, con indicios suficientes y evidencias recabadas mediante tareas policiales y secuestro de elementos vinculantes. La Cámara concluyó que no existió arbitrariedad y que la medida fue justificada, por lo que rechazó el recurso, confirmando la autorización de apertura de los teléfonos.
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