.................... S/ AMENAZAS AGRAVADAS - DESOBEDIENCIA
La Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal del Departamento Judicial de Junín confirmó la resolución de primera instancia que rechazó la nulidad del allanamiento y el sobreseimiento, argumentando que las garantías constitucionales y la valoración probatoria estaban adecuadamente respetadas. La sentencia sostuvo que la fiscalía presentó indicios suficientes para mantener el procesamiento, y que la nulidad solicitada carecía de fundamentos sólidos en el marco procesal actual. Además, afirmó que la valoración de la prueba y la calificación legal no afectaron derechos constitucionales, y que la causa no evidenció vulneraciones que ameriten nulidad o sobreseimiento. Los jueces destacaron que, en esta etapa, la duda favorece la continuidad del proceso, y que los agravios defensistas deben resolverse en la fase de juicio oral con plena contradicción. La resolución también precisó que la calificación legal puede ser revisada en etapas posteriores y que la existencia de indicios de responsabilidad basta para sostener la continuidad del proceso, en línea con la doctrina de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y la normativa procesal vigente. FUNDAMENTOS PRINCIPALES: Que, en el análisis de las actuaciones, cabe señalar que la prueba secuestrada en el allanamiento es válida y no configura afectación constitucional alguna, ya que su valoración será materia de análisis en la etapa de juicio, bajo los principios del sistema acusatorio. Que, en el estado actual de la investigación, la narración de los hechos y los elementos probatorios reúnen una probabilidad básica de responsabilidad del imputado, sin que exista certeza negativa que justifique un sobreseimiento. Que, además, la doctrina de la Corte Suprema, en precedentes como 'C. H.' y 'Montenegro', reafirma que la nulidad debe ser analizada con carácter restrictivo, y que en este caso no se evidencian afectaciones graves al debido proceso. Que, en materia de violencia de género, la causa no puede avanzar sin un análisis profundo en la etapa de juicio, pero ello no afecta la validez del proceso en esta fase, ni la validez de las pruebas incorporadas. Que, por todo ello, la resolución de primera instancia resulta adecuada y debe ser confirmada, dado que las dudas solo pueden resolverse en la etapa de juicio y no justifican la nulidad o el sobreseimiento en esta fase.
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