C., B. E. S/ DESOBEDIENCIA
La Cámara de Apelaciones confirma el sobreseimiento de Braian Cortes en la causa por desobediencia, considerando que no se acreditó la existencia de dolo o conducta ilícita suficiente para justificar la imputación penal, en virtud de la valoración de la prueba y la falta de prueba suficiente de desobediencia intencional.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La causa involucra a Braian Emiliano Cortes, quien fue investigado por dos hechos de desobediencia a medidas cautelares dictadas en su contra. La jueza de primera instancia concedió su sobreseimiento, considerando que no existía prueba suficiente para sostener la acusación penal. La fiscalía apeló, argumentando que existían elementos que acreditaban la desobediencia y la vulnerabilidad de la víctima, solicitando la continuidad del proceso. La Cámara de Apelaciones, tras analizar la prueba y los testimonios, concluyó que no se acreditó la existencia de dolo ni conducta ilícita suficiente para justificar un reproche penal. La resolución destacó que los hechos ocurrieron en un contexto público y que la conducta del imputado no evidenció intención de desobedecer deliberadamente. Además, se analizó que la acción del imputado, en las circunstancias, no constituía un acto antijurídico suficiente. La decisión fue confirmar el fallo que concedió el sobreseimiento, considerando que no se logró la "certeza negativa" necesaria para avanzar a juicio, y que la prueba no sustenta la existencia de materialidad ilícita. El tribunal fundamentó que la presencia del imputado en los lugares y su conducta, en los hechos, no alcanzaban a configurar un delito de desobediencia con suficiente entidad, y que su actuación estaba dentro del marco de un derecho a la legítima defensa para formular su versión. La valoración de la prueba y las circunstancias del caso llevaron a la conclusión de que el proceso no debía continuar, en línea con el principio de inocencia y los requisitos de prueba penal.
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