.................... S/INCIDENTE DE APELACION A LA PRISION PREVENTIVA
La Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de Junín confirmó la prisión preventiva de los imputados por considerar que la evidencia y los elementos de prueba aportados justifican la medida cautelar, pese a las impugnaciones del defensor. La valoración de las pruebas y los fundamentos legales respaldaron la decisión de la jueza de garantías.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La jueza de garantías decretó la prisión preventiva de Rodrigo Ezequiel Castro Bustamante y Alan Ezequiel Gette por el delito de robo en la ciudad de Junín, tras constatar elementos probatorios como actas policiales, reconocimiento de elementos secuestrados y filmaciones que los individualizan y vinculan con los hechos delictivos. La resolución fundamentó que los imputados poseen antecedentes delictivos y que las pruebas aportadas, aunque discutidas por la defensa, son suficientes para sostener la medida cautelar. La defensa oficial impugnó la decisión, argumentando insuficiencia y poca precisión en las pruebas, así como la inexistencia de peligros procesales que justifiquen la prisión, dado que el delito permite la excarcelación. La Cámara, tras revisar los argumentos, coincidió con la posición de la jueza de garantías, destacando que la valoración de la prueba resulta lógica y razonable, sin arbitrariedad ni ilogicidad. Se sostuvo que la disconformidad del recurrente no alcanza a demostrar la inexistencia de peligros procesales, y que los derechos a la defensa y al silencio de los imputados no fueron violados, ya que no brindaron versión contraria. La Cámara concluyó que la resolución de primera instancia se ajusta a derecho, ratificando la prisión preventiva sin costas.
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