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.................... S/ INCIDENTE DE MORIGERACIÓN A LA PRISION PREVENTIVA- ARRESTO DOMICILIARIO -

La Cámara de Junín confirmó la resolución que rechazó la morigeración de la prisión preventiva de Emmanuel Marafetti, sosteniendo que la revisión de la medida procede a partir de los ocho meses desde su imposición, sin circunstancias excepcionales que ameriten su modificación antes de esa fecha.

Recurso de apelacion Medida cautelar Derecho constitucional Morigeracion Revision periodica Prision preventiva Garantias procesales Camara de junin Art. 168 bis del cpp Plazo de 8 meses

¿Qué se resolvió en el fallo?

La jueza de grado rechazó el pedido de morigeración de la prisión preventiva de Emmanuel Marafetti, dictado el 23/4/2025, tras haber sido previamente rechazado el 15/11/2024 y ratificado por la Cámara en diciembre. La defensa del imputado interpuso recurso de revocatoria con apelación en subsidio, siendo este último concedido. La Cámara de Junín analizó la normativa del art. 168 bis del CPP, que establece que la revisión de la prisión preventiva debe hacerse a los ocho meses desde su imposición, salvo circunstancias excepcionales. La Cámara sostuvo que, dado que el rechazo de la morigeración fue el 15/11/2024, el plazo para su revisión vence el 15/7/2025. La decisión fue confirmar la resolución de grado, considerando que no existen circunstancias que justifiquen la revisión anticipada. La Cámara también notificó y ordenó devolver las actuaciones al origen.

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