P E D S/ ABRIGO
La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial del Departamento Judicial San Martín confirma la declaración de adoptabilidad de la niña E. D. P., ratificando que la situación de vulnerabilidad y riesgo persistió pese a las intervenciones. El tribunal prioriza el interés superior del niño y desestima los agravios del progenitor, reafirmando la necesidad de proteger su integridad y derechos.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El Estado, a través de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de San Martín, confirma la declaración de adoptabilidad de la niña E. D. P., fundada en la persistencia de condiciones de vulnerabilidad y riesgo que afectaron su desarrollo integral. El progenitor M. B. y la progenitora D. P. solicitaron la revocación de la medida, argumentando prejuicios y falta de evaluación adecuada, pero la Cámara sostiene que no se verificaron mejoras en las condiciones familiares y que la protección del interés superior del niño requiere mantener la adopción. El tribunal destaca que la situación de riesgo y vulnerabilidad no fue revertida en el plazo legal, y que la conducta de los progenitores, incluyendo el consumo problemático de sustancias y ausencia de participación efectiva, justifican la medida. La audiencia y los informes periciales demostraron que la niña necesita un entorno estable y que el retorno a la familia biológica sería perjudicial. La jurisprudencia internacional y nacional refuerza la prioridad del interés superior del niño, y la sentencia enfatiza que los derechos del menor prevalecen sobre los intereses de los adultos. En consecuencia, se rechaza el recurso de apelación y se confirma la decisión que declaró la adoptabilidad, sin costas por la naturaleza del asunto.
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