P M A C/ M K A S/ ALIMENTOS
La Cámara de Apelaciones confirmó la sentencia que fijó la cuota alimentaria del 22,5% de los ingresos del demandado y rechazó la apelación de ambas partes, manteniendo la resolución de primera instancia y las costas de alzada.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La actora, M. A. P., en representación de su hija menor, demanda a K. A. M. por alimentos, solicitando que la cuota aumente al 25% de sus ingresos, alegando gastos mayores en salud y desarrollo integral.
- La sentencia de primera instancia dictada el 01/03/2025 hizo lugar a la demanda, fijando una cuota alimentaria del 22,5%, garantizando un piso mínimo de $230.000, y estableció aportes en obra social y gastos extraordinarios.
- La recurrente, la madre, apela solicitando un incremento del porcentaje, mientras que el demandado apela por costas y cuestiona la imposición de ellas en su contra.
- La Cámara, tras analizar la situación económica del demandado, sus ingresos netos de $1.019.055,67, y los parámetros de fijación de alimentos, concluye que la porcentaje establecido en la sentencia de grado es ajustado a derecho y que no hay razones para modificarlo.
- La Cámara confirma la resolución de primera instancia, manteniendo el porcentaje y las costas, y señala que en procesos de alimentos, las costas deben imponerse al alimentante. La decisión se fundamenta en la necesidad de asegurar la prestación alimentaria y en los principios que rigen la materia, incluyendo la capacidad económica del demandado y las necesidades del menor.
- Se destaca además que la extensión de la cuota comprende rubros diversos, incluyendo gastos de salud, educación, vestimenta y esparcimiento, y que la forma de hacer efectiva la obligación puede variar en función de la capacidad del alimentante y del cuidado del menor.
- La decisión se apoya en precedentes de esta Sala y en las normas aplicables del Código Procesal Civil y Comercial, confirmando en todos sus términos la sentencia de primera instancia.
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