VALDEBENITO, PATRICIO C/ LOZA, RODOLFO S/DESALOJO RURAL
La Cámara de Apelaciones confirma la sentencia de primera instancia que dictó un desalojo en favor del actor, manteniendo además la suspensión del desalojo mientras se resuelva la situación de los menores en el inmueble, fundamentado en la protección de derechos de infancia y derechos humanos.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, JOSE PATRICIO VALDEBENITO CONTRERAS, demanda el desalojo de RODOLFO LOZA y su esposa SILVIA BEATRIZ CHORNY del inmueble sito en calle España s/nº, Coronel Seguí, alegando ser propietario del mismo, con documentación respaldatoria y testimonios que acreditan su posesión y propiedad desde 1990. La parte demandada argumenta que el inmueble está ubicado en territorio público, que no tiene legitimación pasiva y que habita en la vía pública, además de cuestionar la validez catastral y de planos presentados. La sentencia de primera instancia dictó el desalojo en 10 días, con condena en costas. La Cámara confirma la validez de la acción, rechazando los agravios y resaltando que la posesión del demandado no tiene carácter de derecho y que la prueba documental y testimonial respalda la propiedad del actor. Además, se ordena la suspensión del desalojo hasta que se resuelva la problemática habitacional de los menores en el inmueble, en cumplimiento de derechos internacionales y constitucionales. La decisión se fundamenta en la protección de los derechos del niño y en la protección del interés superior del menor, además de la inexistencia de prueba suficiente que demuestre que el inmueble esté en territorio público o que la ocupación del demandado sea legítima. Se imponen las costas de alzada a la parte demandada.
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