FREIJO CARLOS ALBERTO Y OTRO/A C/ BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ACCION DE REAJUSTE
La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Mar del Plata revocó parcialmente la sentencia de primera instancia y modificó la distribución de costas, considerando los agravios del actor y la normativa de gratuidad en procesos de consumo. La decisión se fundamentó en la valoración de la prueba, la constitucionalidad y la teoría de la imprevisión.
La parte actora, Carlos Alberto Freijo y Silvia Liliana Peña, demandó al Banco de la Provincia de Buenos Aires por una acción de reajuste. La jueza de primera instancia rechazó la demanda, y la parte actora interpuso recurso de apelación. La Cámara analizó diversos agravios: valoración de prueba, constitucionalidad de normas, aplicación de la teoría de la imprevisión y costas. La Cámara consideró que no hubo incumplimiento del deber de información ni de confianza por parte del banco, que la inflación no constituía un evento imprevisible ni extraordinario que justifique la aplicación de dicha teoría, y que la relación de consumo goza del beneficio de gratuidad. La Cámara modificó la distribución de costas, asignando un 90% al actor y un 10% al demandado, y ordenó la regulación de honorarios en oportunidad futura. La fundamentación se centró en la valoración lógica de la prueba, la previsibilidad de la inflación, la normativa constitucional y la protección del consumidor.
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