LDV S.A. S/ CONCURSO PREVENTIVO (GRANDE) INCIDENTE DE APELACIÓN (ART. 250)
La Cámara de Apelaciones confirmó la inconstitucionalidad de los arts. 16, 20 y 39 de la RG AFIP 3587/2014, sosteniendo que la norma viola derechos constitucionales al imponer condiciones irrazonables y afectar el derecho de defensa y propiedad del contribuyente, en el marco de un concurso preventivo.
La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial, Sala Tercera, del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, revisó la sentencia del 3 de junio de 2024 que declaró la inconstitucionalidad de los arts. 16, 20 y 39 de la RG AFIP 3587/2014, dictada en el marco de un incidente de apelación en un proceso de concurso preventivo de LDV S.A. La apelación del organismo recaudador fue concedida y fundamentada en que la normativa impone condiciones que vulneran principios constitucionales, como el derecho de propiedad, defensa en juicio y debido proceso, además de constituir un exceso reglamentario. La Cámara sostuvo que la resolución impugnada coloca a la deudora en una disyuntiva que afecta derechos esenciales, al exigir la renuncia incondicional a acciones y derechos patrimoniales para acceder a un plan de pagos, lo cual resulta irrazonable y desproporcionado. La declaración de inconstitucionalidad fue considerada la última ratio, dada la gravedad y el impacto en derechos constitucionales, y se confirmó la sentencia que declaró la inconstitucionalidad de los artículos cuestionados. La Cámara también confirmó la validez del resto de la resolución, rechazando los argumentos del organismo en cuanto a la razonabilidad de la norma y la legitimidad de su ejercicio reglamentario. La sentencia impugnada fue confirmada en todos sus términos, con costas de alzada en el orden causado.
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