SORUCO MARIANA ANDREA Y OTRO/A C/ GARCIA DANTE MARCELO S/ INCIDENTE DE ALIMENTOS
La Cámara de Apelaciones confirmó la sentencia que hizo lugar al incremento de la cuota alimentaria en favor de las hijas del demandado. La decisión se fundamentó en la variación de las circunstancias económicas y necesidades de las menores, así como en la valoración de las funciones de cuidado y la igualdad de género en la responsabilidad parental.
La Sra. jueza del Juzgado de Familia N° 1 de Avellaneda dictó la resolución el 2/12/2024 que hizo lugar al incidente de aumento de cuota alimentaria promovido por Mariana Andrea Soruco respecto de sus hijas Guadalupe, María Belén y Agustina García, fijando una cuota del 40% de los haberes del alimentante, deducidos los descuentos de ley. El demandado interpuso recurso de apelación alegando que no se valoró correctamente la desproporción económica entre las partes. La Cámara revisó los antecedentes y consideró que las circunstancias que justificaron la cuota inicial han variado, dado que han transcurrido más de ocho años y las necesidades de las menores han aumentado. Además, se valoró la función de cuidado que realiza la progenitora, destacando la importancia del trabajo doméstico en el contexto de igualdad de género. La Cámara concluyó que corresponde mantener la cuota en ese porcentaje, considerando la jurisprudencia y los principios de equidad y protección del interés superior del menor. La sentencia fue confirmada en todas sus partes, con costas de alzada al demandado y diferimiento de honorarios profesionales.
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