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CARDOZO WALTER DAMIAN (14) C/ TEVES LUIS ALBERTO Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ. AUTOM. S/LESIONES (EXC. ESTADO)

La sentencia rechazó la demanda por daños y perjuicios por accidente de tránsito, determinando que la responsabilidad fue del conductor del vehículo del actor, por la mecánica del accidente y el análisis probatorio, confirmando la responsabilidad del tercero ajeno a la relación contractual.

Responsabilidad civil Prueba testimonial Pericia mecanica Rechazo de demanda Caso fortuito Culpa de tercero Valoracion probatoria Accidente transito Mecanica del hecho Dano en vehiculo

Quién demanda: Walter Daniel Cardozo A quién se demanda: Luis Alberto Teves y Agrosalta Cooperativa de Seguros Limitada Qué se reclama: indemnización por daños en vehículo por accidente de tránsito ocurrido el 3 de diciembre de 2020 en la intersección de Beethoven y Av. General Rojo, atribuyendo responsabilidad al demandado Qué se resolvió: se rechazó la demanda, confirmando que el accidente fue ocasionado por el accionar del tercero ajeno al proceso, con base en la pericia mecánica y los testimonios que refutaron la mecánica alegada por la parte actora. Fundamentos principales:
- La mecánica del accidente, según la pericia mecánica, indica que el contacto fue en la parte delantera izquierda del vehículo del actor, en línea con un impacto desde el lateral hacia adelante, apoyando la responsabilidad del tercero ajeno.
- Los testimonios y la documentación aportada por la parte actora presentaron contradicciones con los informes periciales, especialmente en relación a la mecánica del siniestro y quién fue el embistente.
- La pericia técnica, con respaldo científico, concluyó que el impacto fue en la parte delantera izquierda del vehículo del actor, y que la velocidad del mismo fue mayor a la del vehículo del demandado, quien no fue el causante del impacto.
- La responsabilidad del demandado fue desvirtuada por la existencia del hecho de un tercero ajeno, que fue el verdadero causante del siniestro, configurando caso fortuito y eximente de responsabilidad.
- La conducta de los testigos no pudo desvirtuar la solidez de la pericia técnica, que es prioritaria en la valoración de la mecánica del hecho.
- La acción fue desestimada por haber quedado acreditado que el daño fue ocasionado por un tercero, sin responsabilidad del demandado.
- Se impusieron las costas a la parte actora vencida y se reguló honorarios en función del monto de la demanda y la complejidad del proceso.

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