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GONZALEZ MONICA CRISTINA C/ RUTA BUS S.A. Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ. AUTOM. S/LESIONES (EXC. ESTADO)

La Cámara de Apelaciones confirmó la sentencia que condenó a los demandados por daños ocasionados en un accidente de tránsito, manteniendo la indemnización por daños patrimoniales y rechazando los rubros de daño moral y daño psíquico. La decisión se fundamentó en la valoración de la prueba y en la inexistencia de daño psicológico probado.

Responsabilidad objetiva Dano moral Recurso de apelacion Indemnizacion Prueba pericial Dano psiquico Danos patrimoniales Responsabilidad por accidente de transito Privacion de uso del vehiculo Costas de alzada.

La actora, Mónica Cristina González, demandó a Ruta Bus S.A. y Claudio Nicolás Miño por daños y perjuicios derivados de un accidente ocurrido el 21 de mayo de 2014, por el cual sufrió daños en su vehículo y perjuicios en su calidad de vida. La sentencia de primera instancia consideró responsable objetiva a los demandados y condenó a pagar $164.500, más intereses, además de costas y cobertura de seguros. La actora apeló en busca de mayores indemnizaciones por privación del uso del vehículo y gastos de remis, así como por daño moral y daño psíquico. La Cámara analizó los agravios y confirmó la decisión de la instancia anterior, rechazando los reclamos por daño moral y psíquico debido a la inexistencia de prueba suficiente y a la valoración pericial que descartó lesiones psíquicas atribuibles al evento. La Sala sostuvo que, si bien el hecho fue desagradable, no se acreditó daño moral o psíquico. La valoración de la prueba pericial y la lógica de la sana crítica respaldaron la decisión. Las costas de la apelación fueron a cargo de la parte vencida.

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