GONZALEZ MONICA CRISTINA C/ RUTA BUS S.A. Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ. AUTOM. S/LESIONES (EXC. ESTADO)
La Cámara de Apelaciones confirmó la sentencia que condenó a los demandados por daños ocasionados en un accidente de tránsito, manteniendo la indemnización por daños patrimoniales y rechazando los rubros de daño moral y daño psíquico. La decisión se fundamentó en la valoración de la prueba y en la inexistencia de daño psicológico probado.
La actora, Mónica Cristina González, demandó a Ruta Bus S.A. y Claudio Nicolás Miño por daños y perjuicios derivados de un accidente ocurrido el 21 de mayo de 2014, por el cual sufrió daños en su vehículo y perjuicios en su calidad de vida. La sentencia de primera instancia consideró responsable objetiva a los demandados y condenó a pagar $164.500, más intereses, además de costas y cobertura de seguros. La actora apeló en busca de mayores indemnizaciones por privación del uso del vehículo y gastos de remis, así como por daño moral y daño psíquico. La Cámara analizó los agravios y confirmó la decisión de la instancia anterior, rechazando los reclamos por daño moral y psíquico debido a la inexistencia de prueba suficiente y a la valoración pericial que descartó lesiones psíquicas atribuibles al evento. La Sala sostuvo que, si bien el hecho fue desagradable, no se acreditó daño moral o psíquico. La valoración de la prueba pericial y la lógica de la sana crítica respaldaron la decisión. Las costas de la apelación fueron a cargo de la parte vencida.
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