CLAISSE DIEGO JOSE C/ PROTECCION MUTUAL DE SEGUROS DEL TRANSPORTE PUBLICO DE PASAJEROS S/ INCIDENTE DE EJECUCION DE HONORARIOS
El juez dictó sentencia en un incidente de ejecución de honorarios, ordenando seguir adelante con la ejecución y condenando a la demandada al pago del capital, intereses y costas, fundamentando la decisión en la mora y en la normativa aplicable a los honorarios y tasas de interés, incluyendo la aplicación de la tasa activa del Banco de la Provincia de Buenos Aires.
El presente incidente de ejecución de honorarios fue promovido por Diego Jose Claisse contra la aseguradora Proteccion Mutual de Seguros del Transporte Publico de Pasajeros. La sentencia ordena continuar con la ejecución, dado que la parte demandada no opuso excepciones y se encuentra vencida en el cumplimiento del pago. La resolución fundamenta que los honorarios regulados bajo la vigencia del Decreto 8904/77 tienen carácter alimentario, y que la tasa de interés aplicable es la tasa activa del Banco de la Provincia de Buenos Aires en sus operaciones de descuento a 30 días, desde la fecha de mora (07/08/2024) hasta el pago efectivo. Además, las costas se imponen a la parte vencida, en este caso la demandada, y se difiere la regulación de honorarios para la oportunidad prevista en la ley 14.967/2017. Se cita jurisprudencia y doctrina que respaldan la aplicación de la tasa activa como tasa de interés para la deuda por honorarios profesionales, resaltando que la normativa vigente, especialmente la ley 14.967, permite optar por esta tasa en los casos de mora. El tribunal concluye que corresponde continuar con la ejecución por la suma de $467.275 en honorarios regulados bajo el Decreto 8904/77, más intereses desde la mora, y por la suma de $1.595.523,17 correspondiente a los honorarios regulados bajo la ley 14.967, también con intereses desde la mora. La sentencia ordena además que la demandada pague las costas.
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