BODICHON MISELA LIGIAC/ BARROS ADOLFO S/DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
"El tribunal condenó a Adolfo Barros por responsabilidad en el accidente de tránsito que causó lesiones graves a la actora. La decisión se fundamenta en la prueba y la mecánica del hecho, confirmando la responsabilidad objetiva del conductor y la responsabilidad de la aseguradora en la medida del seguro."
La demandante, Misela Ligia Bodichon, promovió demanda por daños y perjuicios contra Adolfo Barros, por lesiones graves sufridas en un accidente de tránsito ocurrido el 21 de febrero de 2009 en Munro, en la intersección de calles Villate y Belgrano. La actora sufrió lesiones en el pie derecho, tendones cortados, cicatriz queloide, limitación funcional, daño moral y psicológico, y gastos asociados. La prueba documental, pericial y testimonial acreditó la mecánica del hecho, en la cual el vehículo de Barros giró a la izquierda sin precaución, invadiendo el carril por donde transitaba la motocicleta con la actora. La responsabilidad del demandado fue atribuida conforme a la responsabilidad objetiva prevista en el art. 1113 del Código Civil, ya que no se acreditó culpa o culpa exclusiva de la víctima o un tercero. La prueba pericial médica estableció una incapacidad del 9% por secuela física y un 25% por daño psíquico, valorizadas en $2.740.750 y $60.000, respectivamente. También se indemnizaron gastos de farmacia, traslados, ropa, calzado, cambio de vivienda, honorarios futuros de tratamiento psicológico y daños morales, sumando un total de aproximadamente $10.218.927. La aseguradora, Federación Patronal Seguros S.A., fue condenada en la medida del seguro contratado. El tribunal aplicó tasas de interés y actualización conforme a la doctrina de la Corte y las normas vigentes, y ratificó la responsabilidad del demandado. La sentencia fue apelada por el demandado, pero se confirmó en todas sus partes.
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