BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ VERGARA RAMON EDUARDO S/ COBRO EJECUTIVO
La sentencia ordena la ejecución de una deuda por préstamos personales y fija el capital y los intereses a pagar por el ejecutado, disponiendo el remate si no realiza el pago en los plazos establecidos. La decisión fundamenta la mora automática por vencimiento del plazo y el incumplimiento del ejecutado.
El tribunal ordenó la ejecución de la suma de $285.000, más intereses pactados en los contratos de préstamos n°93760468 y n°9376046, por incumplimiento del ejecutado VERGARA RAMON EDUARDO. La causa surge de la reclamación de crédito derivada de dichos préstamos. La sentencia establece que la mora se produce automáticamente por el vencimiento del plazo, siendo la fecha de mora el 31/01/2023 para el primer préstamo y el 28/02/2023 para el segundo, conforme a las cláusulas de los contratos y los arts. 886 y c.c. del Código Civil y Comercial de la Nación. El tribunal ordena el remate del inmueble en caso de no pago, incluyendo intereses y costas, y fija un límite para la capitalización de intereses, siguiendo los arts. 540 y 549 del CPCC y los arts. 518, 540 y 548 del C.P.C.C. La sentencia también notifica al ejecutado y se hace efectivo el apercibimiento en caso de no comparecencia. La fundamentación principal radica en la existencia de la obligación, la mora automática por vencimiento del plazo, y el derecho del acreedor a hacer efectiva la ejecución para resarcir la deuda y los intereses pactados, en un marco legal que respalda la medida con precisión, incluyendo los límites en la capitalización de intereses y las costas del proceso. La decisión no presenta votos disidentes.
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