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MUSSOLINO JULIO CESAR S/ SUCESION AB-INTESTATO

La sentencia declara la sucesión ab intestato de Julio Cesar Mussolino, reconociendo a sus hijos y cónyuge como herederos universales y en carácter de herederos en cuanto a los bienes propios, sin perjuicio de derechos sobre bienes gananciales. La decisión se fundamenta en la acreditación del fallecimiento, el matrimonio, los hijos y la publicación de edictos, con base en los artículos 2424, 2433 y cc del Código Civil y Comercial y arts. 735 y 737 del C.P.C.C.

Proceso sucesorio Fallecimiento Herencia Sucesion ab intestato Publicacion de edictos Herederos universales Herederos legales Articulos 2424 y cc del codigo civil y comercial Articulos 735 y 737 del c.p.c.c. Derechos sobre bienes propios y gananciales

La jueza Debora Elena Lelkes dispuso la declaración de herederos ab intestato de Julio Cesar Mussolino, quien falleció el 6 de noviembre de 2024. La parte actora presentó el certificado de defunción, el certificado de matrimonio con Carmen Maggio y los certificados de nacimiento de los hijos, además de pruebas de publicación de edictos, que resultaron negativos. La resolución se fundamenta en que, conforme a los artículos 2424, 2433 y cc del Código Civil y Comercial, y arts. 735 y 737 del C.P.C.C., los herederos universales son los hijos y la esposa, en su carácter de herederos en cuanto a los bienes propios. La sentencia declara que la sucesión se realiza en los términos legales y sin perjuicio de terceros, con la finalidad de registrar la sucesión y determinar los derechos hereditarios.

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