DESSENO ALBERTO C/ AVENDAÑO RODRIGO FERNANDO S/ COBRO EJECUTIVO
Se declara la caducidad de la instancia en un proceso de cobro ejecutivo por inacción de la parte actora. La Cámara confirma la resolución y determina que ha transcurrido el plazo legal de tres meses sin impulso del proceso, imponiendo costas a la parte vencida.
El juez Débora Elena Lelkes decidió decretar la caducidad de la instancia en el proceso de cobro ejecutivo promovido por Alberto Desseno contra Rodrigo Fernando Avendaño. La resolución se fundamenta en que, desde la última actuación el 29/06/2021, transcurrieron más de tres meses sin que la parte actora impulsara el trámite, en violación del art. 310 inc. 3° del C.P.C.C. La inactividad prolongada configura la caducidad de la instancia, en línea con la jurisprudencia que señala que la ley 13.986 incorpora el supuesto de caducidad por reincidencia en la omisión de impulsar la instancia. La decisión también impone costas a la parte actora en su carácter de vencida y difiere la regulación de honorarios hasta que la resolución quede firme.
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