L. G. B. C/ L. F. A. Y OTROS S/ ACCION DE REDUCCION
La Cámara de Apelaciones rechazó la acción de reducción por improponibilidad de la demanda, confirmando la sentencia de primera instancia basada en la doctrina de los actos propios y la confianza legítima, y considerando que la participación de la actora en la donación no vulnera derechos hereditarios.
La actora, Gladys B. L., interpuso una acción de reducción por afectación de la legítima contra sus sobrinas, F. A. L., S. M. L. y C. A. L., reclamando que la donación del inmueble a estas sobrinas vulneraba su legítima hereditaria. La sentencia apelada rechazó la acción in limine, fundamentando que la participación de la actora en el acto notarial, reconocida mediante un poder especial, la hacía partícipe del acto y, por ende, vinculada a sus efectos. La Cámara confirmó esta decisión, argumentando que la acción resultaba manifiestamente improponible, ya que la declaración de la actora de no tener nada que reclamar, por haber recibido ya su legítima, no era antijurídica, sino una manifestación de buena fe y de la doctrina de los actos propios. Además, se sostuvo que el poder otorgado para la donación, incluso tras el fallecimiento de uno de los poderdantes, mantenía su validez, y que la acción de reducción carecía de legitimación activa. La decisión se fundamentó en que la conducta de la actora no vulneraba derechos y que la pretensión era jurídicamente inviable por su propia naturaleza.
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