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RANITI FABIANA BEATRIZ C/ RANITI ADRIAN ALEJANDRO Y OTROS S/ PARTICION DE HERENCIA

La sentencia ordena la partición del inmueble común y condena a Adrián Alejandro Raniti a pagar una compensación por uso del bien y costas. La resolución se basa en la acreditación de construcción y mejoras realizadas por el demandado, y en la voluntad de finalizar la comunidad hereditaria mediante venta o subasta del inmueble.

La actora Fabiana Beatriz Raniti demanda la partición de la herencia del inmueble sito en calle José Hernandez N°2649, San Martín, en la cual se encuentran herederos como ella, su hermano Adrián Alejandro Raniti, y otros terceros. La demanda busca dividir en especie o en su defecto, adjudicar en valor, y además reclama compensación por el uso exclusivo del inmueble por parte del demandado. La parte demandada, Adrián Alejandro Raniti, no se opone a la venta o subdivisión, y reconoce haber realizado mejoras en el inmueble, las cuales se valoran en U$S 110.000, correspondiéndole un crédito del 54,5% del valor de las mejoras. El tribunal analiza que, por la indivisión hereditaria y conforme a la normativa vigente, procede ordenar la partición del inmueble, y en virtud del uso exclusivo del demandado, se le condena a pagar a la actora una suma mensual por ocupación (canon locativo) desde 2016, actualizada por intereses y mecanismos legales. La sentencia destaca que las construcciones realizadas por el demandado fueron acreditadas mediante testimonios y pericias, y que su valor y mejoras justifican el reconocimiento de crédito. Además, se imponen costas a las partes en proporciones correspondientes. Fundamentos principales: "El estado de indivisión hereditaria, que tiene -por naturaleza
- un carácter meramente transitorio, debe terminar con la adjudicación a cada heredero de una parte de los bienes, mas no de una alícuota ideal (que es la que ya tienen desde el momento mismo del fallecimiento del causante), sino de una porción concreta. La partición es el acto mediante el cual los herederos materializan la porción ideal que les tocaba en la herencia, transformándola en bienes puntuales sobre los que tienen un derecho exclusivo". "En la especie, y conforme surge del informe de dominio, el inmueble integra el acervo del sucesorio, y los herederos son Fabiana Beatriz y Adrián Alejandro Raniti, entre otros. La legislación y la jurisprudencia aplicables permiten ordenar la partición en especie o, si no fuera posible, en valor mediante venta o subasta". "El demandado ha demostrado haber realizado mejoras en la propiedad, las cuales deben ser valoradas en función del incremento en su valor, y por ello se reconoce un crédito del 54,5% del valor total del inmueble, equivalente a U$S 60.000

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