CLUB GIMNASIA Y ESGRIMA C/ CLUB ATLETICO BANFIELD S/ COBRO SUMARIO SUMAS DINERO (EXC.ALQUILERES, ETC.)
La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Tandil confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia que condenó a la demandada a pagar derechos de formación deportiva por renovación de contrato, sosteniendo que la ley 27.211 es aplicable retroactivamente y que cada firma de contrato genera ese derecho.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Club Gimnasia y Esgrima, demanda a Club Atlético Banfield por derechos de formación deportiva derivados de renovaciones de contrato del jugador Matías González. La sentencia de primera instancia condenó a Banfield a pagar un porcentaje del bruto de cada contrato, con base en la ley 27.211. La Cámara confirmó que la ley es aplicable retroactivamente, interpretando que cada firma de un nuevo contrato genera el derecho a la compensación, y rechazó argumentos de inaplicabilidad y de interpretación restrictiva. Además, sostuvo que la tasa de interés aplicada fue adecuada y que la demanda no especificó una tasa concreta. La Cámara desestimó los agravios del demandado y confirmó la condena, imponiendo costas en un 80% a la demandada y en un 20% a la actora.
Fundamentos principales:
- La ley 27.211 tiene efecto retroactivo respecto de contratos firmados en fechas anteriores, siempre que los hechos generadores ocurran durante su vigencia.
- La interpretación del art. 7 inc. b) de la ley 27.211 debe hacerse en sentido literal y finalista, incluyendo cada firma de un nuevo contrato como hecho generador del derecho a la compensación, conforme a la jurisprudencia y doctrina mayoritaria.
- La jurisprudencia de la Cámara de Paraná y doctrina de Ricardo Frega Navía confirman que cada suscripción de contrato profesional genera un derecho de formación.
- La aplicación de la tasa de interés activa más alta fue razonada y adecuada, en línea con doctrinas y fallos recientes, sin que ello implique arbitrariedad.
- Los agravios genéricos y la falta de precisión en la impugnación procesal impiden modificarlos, y la sentencia se ajustó a derecho y a la interpretación más favorable al derecho de formación del actor.
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