G., J, J, C/ G,, L. E. S/ ALIMENTOS
La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial modificó la sentencia de primera instancia, reduciendo la cuota alimentaria del 30% al 20% de los ingresos netos del demandado, en atención a sus posibilidades económicas y a los cuidados provisorios acordados.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La demandante, J. J. G., reclama una cuota alimentaria para su hija menor, A. G., contra el demandado, L. E. G. La sentencia de primera instancia fijó la cuota en el 30%, desde la presentación de la demanda, y ordenó su retención mediante la empleadora del demandado. La apelación del demandado cuestionó principalmente el porcentaje fijado, alegando limitaciones económicas y un pago voluntario previo del 20%. La Cámara analizó la distribución de funciones parentales, las posibilidades económicas del demandado, y la conveniencia de la retención directa del salario. La Cámara concluyó que, considerando el trabajo en relación de dependencia del demandado, su salario, y las circunstancias de cuidado, la cuota debe reducirse al 20%, además de ordenar la retención salarial. La sentencia de primera instancia fue parcialmente modificada en ese aspecto, confirmando la imposición de costas, y dejando sin efecto la regulación de honorarios, a ser revalorada en primera instancia con la documentación actualizada. La decisión se fundamentó en la normativa de alimentos, la distribución de funciones parentales, y la jurisprudencia consolidada sobre la cuantificación y forma de cobro de la cuota.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: