SANCHEZ MARIA JULIANA C/ SUCESORES DE ALFREDO LEPORATI S/ ··FILIACION
La Justicia de Primera Instancia declara la filiación de María Juliana Sánchez con Alfredo Leporati y ordena medidas cautelares y regulación de honorarios. La sentencia fundamenta la validez del vínculo por pruebas indirectas, testimonios y circunstancias probatorias, en un proceso extenso y complejo.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora, María Juliana Sánchez, promovió demanda de filiación contra los sucesores de Alfredo Leporati, alegando relación sentimental y reconocimiento tácito del padre biológico. La defensa de los herederos sostuvo la invalidez del proceso previo por desistimiento y manifestaciones posteriores, además de la imposibilidad de prueba genética por cremación del cadáver. El tribunal analizó antecedentes históricos, declaraciones testimoniales, pruebas biológicas y circunstanciales, concluyendo que la evidencia indirecta, especialmente la coincidencia en grupo sanguíneo y las circunstancias de la relación, permiten presumir la filiación. La cremación del cadáver y las irregularidades en la manipulación de restos impidieron la prueba genética definitiva, pero la evidencia circunstancial y testimonial, sumadas a la conducta de los demandados, justifican la declaración de filiación. La sentencia también ordena medidas cautelares y regula honorarios en función del tiempo y complejidad del proceso.
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