CUENCA PATRICIA NOEMI C/ PILLADO DAMIAN EZEQUIEL Y BONARDI FRANCISCO ENRIQUE S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
Corrección de error material en sentencia previa que involucra el nombre de la actora, determinando que debe leerse "PATRICIA NOEMÍ CUENCA" en lugar de "PATRICIA NOEMÍ CUENTA". La Cámara aclara la resolución del 25 de marzo de 2025 y confirma que la modificación responde a un error involuntario.
La accionante, Patricia Noemí Cuenca, demanda a Damián Ezequiel Pillado y Francisco Enrique Bonardi por daños y perjuicios derivados de un accidente automovilístico, en el que también participa un tercero en garantía. La Cámara, tras revisar una resolución anterior, detectó un error material en el nombre de la actora, que debe corregirse a "Patricia Noemí Cuenca". La resolución aclara que el error fue involuntario y procede a corregirlo en virtud del art. 166 inc. 2° del CPCC. La decisión se basa en la necesidad de evitar confusiones y garantizar la correcta identificación de la parte en el proceso, manteniendo firme la normativa que permite la corrección de errores materiales en las sentencias.
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