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CUENCA PATRICIA NOEMI C/ PILLADO DAMIAN EZEQUIEL Y BONARDI FRANCISCO ENRIQUE S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)

Corrección de error material en sentencia de grado que afecta el nombre del demandante. La Cámara reconoció y corrigió involuntariamente un error en el nombre, aclarando que donde dice PATRICIA NOEMÍ CUENTA debe decir PATRICIA NOEMÍ CUENCA, y ordenó registrar la modificación en el expediente.

Danos y perjuicios Incidente Error material Correccion de nombre Camara de apelaciones Notificacion automatica Jurisprudencia provincial Sentencia de grado Demanda por accidente automovilistico Resolucion de error involuntario.

¿Qué se resolvió en el fallo?

La demandante Patricia Noemí Cuenca interpuso una demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente automovilístico en la causa "CUENCA PATRICIA NOEMI C/ PILLADO DAMIAN EZEQUIEL Y BONARDI FRANCISCO ENRIQUE S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)". La sentencia de grado dictada el 25 de marzo de 2025 contenía un error material en el nombre del actor, que fue detectado y corregido por la Cámara en la providencia del 28 de mayo de 2025. La resolución aclaró que donde se leyó "PATRICIA NOEMÍ CUENTA" debe decir "PATRICIA NOEMÍ CUENCA", con la finalidad de subsanar la equivocación involuntaria. La Cámara dispuso que la corrección se registre en relación al expediente y notificó a las partes en los términos de la Acuerdo 4013/2021 de la SCBA.

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