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VAGAS CARLOS S/ INTERNACION

La sentencia resuelve la extinción del proceso por falta de actividad y ordena el archivo de las actuaciones, considerando que no existe motivo para mantener abierta la instancia. La decisión se fundamenta en la inacción del expediente desde 1994 y la ausencia de denuncias recientes, en línea con la normativa vigente sobre archivo y conservación prolongada.

Resolucion judicial Inactividad procesal Provincia de buenos aires Internacion Notificacion electronica Extincion de proceso Conservacion prolongada Archivo judicial Normativa 3397/08 Expediente 1994

¿Qué se resolvió en el fallo?

La resolución fue dictada en un expediente donde no se registraron movimientos desde 22/08/1994, sin denuncias sobre internación del causante. La decisión del tribunal fue declarar la extinción del proceso y ordenar su archivo, aplicando las disposiciones del artículo 75, 116 y ccs. de la Ac. 3397/08, considerando la conservación prolongada. El tribunal argumenta: "no habiéndose efectuado nueva denuncia sobre la necesidad de internación respecto del causante, no existiendo en consecuencia motivo alguno para mantener abierta la presente instancia." La resolución se fundamenta en la normativa de notificación electrónica y en la inexistencia de actividad procesal en casi 30 años. No se observaron votos disidentes o reservas en la decisión.

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