P. A. S. S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS
La Cámara de Necochea revoca la concesión del beneficio de litigar sin gastos a Perez Ardanaz, considerando que no acreditó su insuficiencia económica y valorando su situación patrimonial y sus ingresos. La decisión se basa en la valoración de pruebas que demuestran capacidad económica y ocultamiento de ingresos.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La Cámara de Necochea revisa la sentencia que concedió a Sebastian Perez Ardanaz el beneficio de litigar sin gastos en diversas causas. La sentencia apelada se basó en que no existían elementos de convicción que contradijeran la situación económica del solicitante. Sin embargo, la Cámara señala que el beneficiario no produjo prueba suficiente que acredite su insuficiencia patrimonial. La Cámara destaca que la finalidad del beneficio es remover obstáculos económicos para garantizar el ejercicio de derechos constitucionales, ponderando capacidad económica y antecedentes patrimoniales. Se evidencian contradicciones en la declaración del solicitante, como su actividad como presidente de cooperativas y su inscripción en AFIP con ingresos elevados, además de bienes y movimientos bancarios que sugieren ocultamiento de ingresos. La Cámara concluye que existen suficientes elementos para rechazar la solicitud del beneficio, revocando la sentencia de grado y desestimando la petición con costas.
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