DORREGO LOPEZ Y NOVES S.A. S/ MATERIA A CATEGORIZAR (RECURSO DE APELACION DE RESOLUCION ADMINISTRATIVA)
La Cámara de Necochea declaró la nulidad de las actuaciones judiciales desde el auto del 16/5/2023 debido a la indebida notificación del domicilio del Fiscal de Estado, vulnerando el derecho de defensa y la legalidad procesal. La sentencia revocó la sanción administrativa y ordenó remitir el trámite para su sustanciación correcta.
La Cámara de Necochea analizó la apelación del Fiscal de Estado contra la resolución que dejó sin efecto la multa impuesta a Dorrego López y Noves S.A. La parte recurrente argumentó que la notificación no se realizó correctamente al domicilio del Fiscal de Estado, en violación a la normativa legal y constitucional, específicamente al Decreto Ley 7543/69 y al Acuerdo 3989 de la Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires. La Cámara consideró que la notificación defectuosa afectó la validez del proceso, generando indefensión y vulnerando garantías constitucionales, por lo que decidió declarar la nulidad de las actuaciones desde el auto del 16/5/2023 en adelante. La sentencia destacó que la ley establece claramente que toda acción contra la Provincia debe notificarse al Fiscal de Estado en su domicilio constituido y que las notificaciones dirigidas a organismos descentralizados, como el Ministerio de Desarrollo Agrario, no habilitan la representación legal de la Provincia en sede judicial. La decisión fue adoptada con fundamento en que la falta de notificación al representante legal de la Provincia implica que no se haya constituido válidamente la relación procesal, afectando el debido proceso y el derecho de defensa. Las costas de la apelación fueron impuestas al vencido.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: