GALETTI CLAUDIA GABRIELA C/ SUCESORES DE VILLA VICENTE JOSE S/ EJECUCION HONORARIOS
La Cámara de Necochea revoca la sentencia de grado y declara la inconstitucionalidad de ciertos arts. de la Ley 23928, actualizando la ejecución por medio del valor del jus y condenando a la parte vencida al pago del capital actualizado y sus intereses. La decisión se fundamenta en la vulneración de derechos constitucionales por la prohibición de indexar en un contexto inflacionario.
- La actora, Claudia Gabriela Galetti, demanda a los sucesores de Villa Vicente José por honorarios profesionales no pagados.
- La sentencia de primera instancia ordenaba llevar adelante la ejecución del monto regulado, $318.934,00, más intereses, y difería la regulación de honorarios.
- La apelante argumentó que la resolución omitió pronunciamiento sobre un planteo de inconstitucionalidad de normas que impiden la indexación de los créditos, alegando que ello lesiona derechos constitucionales y que la normativa vigente provoca una licuación de su crédito debido a la inflación.
- La Cámara revisó la cuestión constitucional, basándose en el precedente de la Corte Suprema "Barrios", y concluyó que la prohibición de indexar en la ley 23928 (artículos 7 y 10) afecta derechos constitucionales, por lo que declaró la inconstitucionalidad y ordenó la actualización del crédito utilizando el valor del jus, que refleja la depreciación monetaria.
- La Cámara ordenó además la ejecución por la suma de $7.565.752,36, más intereses del 6% anual desde la mora hasta la sentencia, y costas a la parte vencida.
- La decisión se fundamenta en que la normativa impide una adecuada actualización del crédito en un contexto inflacionario, vulnerando derechos constitucionales y primando la justicia sustantiva sobre la aplicación literal de las normas restrictivas.
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