SANTIAGO MARCELA VIVIANA C/ FLORES RUBEN ALBERTO S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (98) Y MEDIDAS CAUTELARES (TRABA/LEVANTAMIENTO)
La Cámara de Apelaciones confirma la declaración de prescripción de la acción civil por daños y perjuicios en causa por exhibiciones obscenas, considerando el plazo de 3 años y la suspensión por la feria judicial extraordinaria, fundamentando que no hay interrupciones válidas y que la acción se inició fuera del plazo legal.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La causa sigue a favor de S., M. V. C. contra R. A. por daños y perjuicios derivados de exhibiciones obscenas. La sentencia de grado rechazó la excepción de prescripción planteada por el demandado, considerando que el plazo comenzó a contar desde la sentencia penal condenatoria, en fecha 10/06/2021, y que la suspensión de plazos por la feria judicial extraordinaria no interrumpió el cómputo. La parte demandada interpuso recurso de apelación, alegando que la prescripción debería computarse desde el conocimiento del hecho ilícito, no desde la sentencia penal, y que la suspensión por pandemia no afecta la prescripción. La Cámara de Apelaciones revoca la sentencia de grado y declara la prescripción de la acción civil, considerando que el hecho ocurrió el 20/01/2019, y la demanda fue presentada fuera del plazo de tres años, el 18/03/2022. Además, concluye que ninguna causal de suspensión o interrupción válida se produjo, y que la denuncia penal no interrumpe la prescripción civil, que solo puede suspenderse en casos específicos no aplicables en este caso. La sentencia destaca la importancia de la perspectiva de género en la valoración del caso y ordena la modificación de la resolución de primera instancia, rechazando la demanda por prescripción.
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