BRUNETTI JORGE OSCAR C/ CARRASCO LUIS ARIEL S/ DESALOJO (EXCEPTO POR FALTA DE PAGO)
La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Zárate-Campana declaró desierto el recurso de apelación y confirmó la sentencia de primera instancia que ordenaba el desalojo del inmueble en favor del actor.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Jorge Oscar Brunetti, demandó a Luis Ariel Carrasco, Marcelo Agustín Sosa y Sonia Angela Sosa por desalojo del inmueble en Lima, Zárate. La sentencia de primera instancia rechazó la excepción de falta de legitimación activa de los demandados y declaró procedente la acción de desalojo, ordenando su desocupación en 10 días. Los demandados apelaron, alegando que acreditaron su posesión y mejoras en el inmueble y cuestionaron la valoración probatoria. La Cámara analizó los agravios, destacando que la carga probatoria para acreditar posesión con ánimo de dueño no había sido satisfecha, y que las pruebas ofrecidas resultaron insuficientes y genéricas. La declaración testimonial y la documentación no lograron demostrar un acto de posesión que permitiera descartar la acción de desalojo. La Cámara, tras evaluar los argumentos, declaró la deserción del recurso, confirmando la sentencia de primera instancia. Fundamentos principales: "Los actos posesorios requieren una prueba concreta, a través de los medios probatorios pertinentes, y que no toda mejora, reparación o acondicionamiento de una vivienda implica descartar el carácter de tenedor precario, y/o la obligación de restituir; como también que el enriquecimiento ilícito al que haría referencia la crítica esbozada, se plantea sin abordar que la ocupación ejercida no acarreó contraprestación alguna, por lo que el cuadro de situación así esbozado, no se desvirtúa con un simple desacuerdo con los fundamentos del fallo, el que en consecuencia habrá de quedar incólume." "Los fundamentos del memorial no resultan precisos ni suficientes para provocar convicción en cuanto que los recurrentes sí satisficieron la carga probatoria que el a-quo indicó les correspondía, a los fines de acreditar el sustento de la defensa posesoria intentada." "Por ello, la carencia argumentativa y expositiva en la pieza recursiva, incurre en la situación del art. 260 del CPCC, y por ende no logra conmover el tramo del fallo que desestima la posesión alegada, al no haberse aportado los elementos y/o indicios probatorios pertinentes para que surge su verosimilitud."
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