MONTERO CLAUDIO RAÚL C/ BARRÍA, SILVIA INÉS S/ DESALOJO (EXCEPTO POR FALTA DE PAGO)
La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial del Departamento Judicial Zárate-Campana confirmó la sentencia que ordenó el desalojo del inmueble en favor de Claudio Raúl Montero. La decisión se fundamenta en la falta de acreditación de la posesión legítima y la calidad del ocupante como poseedor o heredero, rechazando los agravios por supuesta posesión con autorización y cuestionamientos sobre la legitimación activa.
El actor, Claudio Raúl Montero, demanda el desalojo del inmueble sito en Hipólito Yrigoyen, Zárate, en su calidad de heredero de la titular registral María Elena Mendaño, mediante la declaración de la causal de tenencia precaria o intrusión. La sentencia de primera instancia hizo lugar a la demanda, condenando a la demandada a desocupar en 15 días, imponiendo costas a la demandada. La demandada, Silvia Inés Barría, apeló alegando que ingresó con autorización de Eduardo Oscar Montero, nieto de la titular registral, y que su ocupación es en calidad de propietaria, no de intrusa. Además, cuestionó la legitimación activa del actor, sosteniendo que debió actuar en calidad de administrador de la sucesión y no a título personal, y que su ingreso fue con autorización y en carácter de poseedora legítima. La Cámara analizó los agravios y la prueba aportada, concluyendo que la demandada no acreditó la posesión con carácter de propietario ni actos posesorios que revistan virtualidad, y que su ingreso fue en calidad de tenedora precaria, dependiente de la autorización del heredero Eduardo Oscar Montero, fallecido en 2020. La Cámara afirmó que la legitimación del heredero para promover el desalojo deriva de la declaración de herederos y que el carácter precario de la ocupación impide su consideración como posesión legítima. Por ello, rechazó los agravios y confirmó la sentencia de primera instancia, disponiendo el rechazo del recurso de apelación y confirmando la orden de desalojo, con costas a la parte apelante.
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